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XIII. Mecanismos de Seguimiento y Actualización
A fin de refrendar el compromiso de que las Complementariamente, de conformidad al
acciones descritas en el Plan Municipal de artículo 151 de la Ley de Gobierno Municipal
Desarrollo 2021-2024 serán implementadas, y del Estado de Nuevo León, aprobado y
asegurar la medición para mejorar la calidad de publicado el Plan Municipal de Desarrollo por
la gestión, administrar eficientemente los el Ayuntamiento, este tendrá vigencia durante
recursos, promover la transparencia y la el periodo de mandato del Ayuntamiento que
rendición de cuentas, el Plan Municipal de lo aprobó y podrá modificarse o actualizarse en
Desarrollo 2021-2024 será monitoreado por la cualquier tiempo para adaptarlo a las
Comisión de Seguimiento del Plan Municipal necesidades y realidades del municipio.
de Desarrollo y la Unidad de Gobierno para
Resultados, en conformidad con el art. 153 de De lo anterior, para efectuar la actualización
la Ley de Gobierno Municipal del Estado de y/o modificación del Plan Municipal de
Nuevo León y art. 56 del Reglamento Orgánico Desarrollo, las dependencias, órganos y
de la Administración Pública Municipal de San unidades que integran la Administración
Pedro Garza García. Pública Municipal deberán presentar los
elementos de justificación detallada que
En este sentido, la Unidad de Gobierno para permita una valoración objetiva sobre las
Resultados se sujetará a los indicadores modificaciones propuestas. Para tal asunto,
estipulados en el presente documento y que han deberán apoyarse en la Unidad de Gobierno
sido formulados por los titulares de las para Resultados, de acuerdo a lo establecido en
dependencias, órganos y unidades que integran el artículo 56 del Reglamento Orgánico de la
la Administración Pública Municipal y de Administración Pública Municipal de San
acuerdo a lo integrado en las fichas técnicas de Pedro Garza García.
estos, según la temporalidad, cobertura,
competencia, características y demás
especificaciones.
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